¿Cuándo hay que hacer la ITE?
¿Para qué sirve la ITE? ¿Para que no sirve la ITE?
¿Quién puede hacer una ITE? ¿Cuánto cuesta una ITE?
¿Se puede usar el Certificado Energético del edificio a nivel particular?
¿Para que sirve el informe de accesibilidad? ¿Cuál es el proceso para realizar una ITE?
¿Qué hay que hacer tras la ITE?
Estas y otras preguntas similares son las que revolotean últimamente por las escaleras de muchas comunidades de vecinos. Hay muchos artículos en la red dando respuesta a todas ellas: desde organismos oficiales, desde los ayuntamientos, desde los administradores de fincas, desde los estudios de arquitectura y empresas de reformas… De hecho recientemente Gobierno Vasco ha sacado una guía sobre la ITE muy completa que os dejamos aquí por si queréis realizar alguna consulta.
Este no pretende ser otro artículo más de preguntas y respuestas (de esos ya hay muchos), sólo queremos aportar algunas recomendaciones que hemos ido recopilando desde nuestra experiencia con comunidades de vecinos por si pudiera ayudar a la hora de elegir para llevar a cabo la realización de la ITE.
- Técnico de confianza. A la hora de elegir un técnico a menudo se suele pensar: «Si total es un trámite obligatorio cuanto más barato salga mejor». No es bueno entender la ITE como un mero trámite sino como la oportunidad de hacer un diagnóstico sobre el estado real del edificio. Es como ese chequeo médico que nos solemos hacer de vez en cuando para ver cómo está todo y prevenir posibles enfermedades o problemas posteriores. Si lo entendemos así, seguro que buscamos aquel técnico que o bien por recomendaciones de otros vecinos o conocidos o por el motivo que sea nos suscite esa confianza necesaria para sacar mayor provecho a esta inspección.
- Cuidado con los falsos amigos. Hay que tener bien claro que la ITE no siempre deriva en proyectos ni obras. Todo depende del estado real del edificio. Hay que andar con cierto cuidado cuando con la ITE ya nos están ofreciendo ofertas de reforma, descuentos en fase de obras, etc. Volvemos a la cuestión anterior, es importante buscar un técnico que nos genere confianza, no aquel que por conseguir un contrato mayor posterior nos «tramite» la ITE a precios por debajo del mercado.
- La ITE como solución a un problema. En ocasiones nos hemos encontrado edificios con un problema evidente de fisuras, humedades, etc. En estos casos suele ser recomendable que un técnico cualificado realice un informe de patologías para establecer el origen y propuesta de subsanación de las mismas. Según el caso, aunque el edificio no esté dentro del plazo establecido por la ley para la realización de la ITE y teniendo en cuenta que el objeto de la misma no es sustituir este tipo de informes, solemos recomendar a la comunidad llevarla a cabo. De este modo cumples con la obligatoriedad de la misma (aunque sea un tiempo antes) y por otro lado puede ayudar a determinar el alcance y gravedad de esos desperfectos y orientar mejor la búsqueda del técnico adecuado para resolver el problema. El «técnico de cabecera» ya nos derivará al especialista que corresponda.
- Sobre el certificado energético. En la ITE sólo se exige el certificado energético de la parte residencial, la correspondiente a las viviendas, por lo que los locales comerciales, oficinas, etc, quedarían fuera de esta valoración energética (salvo que el técnico lo incluya en su oferta). Por otro lado, siempre que este certificado general de la parte residencial del edificio esté registrada por Gobierno Vasco, puede ser utilizado a nivel particular por cada una de las viviendas. Sin embargo, cabe señalar, que si bien hoy en día la calificación obtenida en dicho certificado parece no tener un valor real, es conveniente tener en cuenta que en un corto-medio plazo dicho valor va a dar mucho que hablar en cuestiones de IBI, subvenciones, valor de mercado, etc. por lo que es recomendable si se han hecho mejoras en la vivienda (cambio de ventanas, aislamiento, mejora de las instalaciones de calefacción…) aprovechar la ocasión para hacer un certificado energético particular ya que por norma general el valor global suele ser inferior.
- Después de hacer la ITE. Bien es cierto que como hemos mencionado antes no siempre tiene porque derivar en obras o reformas, pero en caso de ser así hay que tener en cuenta que en función de la gravedad de los daños a subsanar el técnico establecerá unos plazos para la ejecución de las obras y el ayuntamiento será el encargado de comprobar que se han llevado a cabo. Es bueno mantener una comunicación fluida con el técnico para poder abordar estas reformas de la manera más adecuada.
- Otros requerimientos. Por otro lado según la normativa en el plazo de un año tras la ITE hay que realizar el «Plan de Uso y Mantenimiento del Edificio», un documento en el que se recogen las acciones que hay que llevar a cabo y su periodicidad para poder mantener el edificio en buen estado. Son las «instrucciones» de uso del edificio. En ocasiones si en vez de agotar ese plazo de un año se platea la realización de este documento junto a la ITE se pueden conseguir mejores ofertas. Ahora bien, también recomendamos que dicho documento lo hagan empresas especializadas en ello y no los mismos técnicos que realicen la ITE de manera que si bien pueden ser empresas que trabajen de forma conjunta aborde cada una su campo de especialización.
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